Código internacional de segurança

Para o exercício do jornalismo em condições de segurança, mesmo nas situações mais difíceis, em zonas de catástrofe ou de conflito, a FIJ elaborou um código internacional de que aqui se reproduz a versão espanhola. Para aceder às versões em inglês ou francês, basta fazer «link» para o website da FIJ na Internet.

Código internacional profesional para el ejercicio seguro del periodismo

Los peligros que corren los periodistas y los equipos de los medios de comunicación que trabajan en situaciones difíciles y las zonas de conflicto son un tema sumamente recurrente. La FIP ha registrado la muerte de más de 700 periodistas y personal de los medios de comunicación en los últimos diez años.

Muchos periodistas han resultado muertos, lesionados o acosados en las zonas de guerra, blanco ya sea de uno u otro bando o atrapados entre los dos fuegos de la violencia. Otros son víctimas de agresiones e intimidaciones premeditadas ya sea por parte de criminales, terroristas o agentes del Estado -policía, militares o las fuerzas de seguridad- que actúan de manera secreta e ilegalmente.

Con mucha frecuencia es poco lo que pueden hacer los periodistas o las organizaciones de los medios de comunicación para evitar estas víctimas. Inevitablemente, habrá accidentes, sin importar el cuidado que se ponga en proporcionar protección y poco puede hacerse cuando los que toman los medios de comunicación como blanco utilizan métodos despiadados y brutales para aplastar la indagación periodística.

No obstante, hay medidas que los periodistas y las organizaciones de los FIP deberían tomar para reducir al mínimo los riesgos que corra el personal. En especial, el seguimiento de medidas de vital importancia para brindar protección:

Preparación adecuada, formación y protección social. Es de esencial importancia que los periodistas y el personal de los medios de comunicación estén preparados para hacer frente en el momento en que surjan las dificultades. Debería haber un marco en el que se proporcione individualmente al personal asistencia médica y protección social.

Los profesionales de los medios de comunicación deben estar informados e informarse acerca del terreno político, físico y social en el que están trabajando. No deben contribuir a la incertidumbre e inseguridad de sus condiciones con su ignorancia o su conducta imprudente.

Las organizaciones de los medios de comunicación deben cuidarse de correr riesgos por obtener una ventaja comercial y fomentar la cooperación entre los periodistas cuando existan condiciones potencialmente peligrosas.

Los gobiernos deberían no poner obstáculos al periodismo. No deben restringir innecesariamente la libertad de circulación de los periodistas ni comprometer el derecho de los medios de comunicación informativos de recoger, producir y difundir la información en condiciones seguras y protegidas.

Nadie ha de interferir en los medios de comunicación. Todo el mundo ha de respetar la integridad física de los periodistas y el personal de los medios de comunicación en el trabajo. Debe prohibirse interferir físicamente en la filmación u otro trabajo periodístico.

Teniendo en cuenta estas consideraciones, la FIP pide a los grupos de periodistas, las organizaciones de los medios de comunicación y a todas las autoridades públicas competentes que respeten el siguiente Código de práctica internacional para la conducta segura en el periodismo .

1. Los periodistas y el demás personal de los medios de comunicación estarán adecuadamente equipados para toda misión proporcionándoles incluso material de primeros auxilios, instrumentos de comunicación, medios de transporte adecuados y, en caso necesario, ropa de protección.

2. Las organizaciones de los medios de comunicación y, cuando corresponda, las autoridades públicas proporcionarán formación de sensibilización al riesgo para aquellos periodistas y trabajadores de los medios de comunicación que tienen probabilidades de participar en misiones en las que prevalezcan condiciones peligrosas o que razonablemente puede esperarse que lo sean.

3. Las autoridades públicas informarán a su personal de la necesidad de respetar los derechos de los periodistas y les darán instrucciones de respetar la integridad física de los periodistas y del personal de los medios de comunicación mientras trabajan.

4. Las organizaciones de los medios de comunicación proporcionarán protección social a todo el personal que participe en la actividad periodística fuera del lugar de trabajo normal, incluido un seguro de vida.

5. Las organizaciones de los medios de comunicación proporcionarán, gratuitamente, tratamiento médico y asistencia médica, incluidos los gastos de recuperación y convalecencia, a los periodistas y trabajadores de los medios de comunicación víctimas de lesiones o enfermedades como resultado de su trabajo fuera del lugar de trabajo normal.

6. Las organizaciones de los medios de comunicación protegerán a los periodistas autónomos o a los que trabajan a tiempo parcial. Deben recibir, sobre un pie de igualdad, la misma protección social y acceso a la formación y equipo puesto a disposición del personal asalariado.

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